Ayuda y preguntas frecuentes

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Las preguntas más habituales

 

¿Qué es la Sede?

Es una herramienta que sirve de puerta de acceso a ciudadanos y empresas para toda aquella información y servicios on-line que se ponen a su disposición, tanto para la presentación de solicitudes, reclamaciones y demás procedimientos como para la consulta del estado de tramitación y la recepción de comunicaciones y notificaciones.

¿Es seguro utilizar los servicios de la Sede?

La comunicación entre el ciudadano y la Sede es segura. Toda la información viaja cifrada, los certificados electrónicos garantizan la identidad de ambas partes.

Los datos personales que se envían por Internet están cifrados y, una vez guardados en el sistema, se emplean los instrumentos necesarios para protegerlos, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Peronal y de su normativa de desarrollo.

¿Qué validez legal tiene las gestiones realizadas desde la Sede Electrónica?

Las gestiones realizadas desde la sede electrónica tienen la misma validez que si se realizaran de forma presencial.

El uso de certificados electrónicos reconocidos y dispositivos seguros de creación de firma, garantiza que las firmas electrónicas realizadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid tienen la misma validez legal que la firma manuscrita.

¿Cuándo puedo utilizar la Sede?

Podrá acceder a la sede y realizar trámites los 365 días del año, durante las 24 horas del día, siempre teniendo en cuenta que los trámites realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente a las 00:00:01.

¿Qué es el Registro Telemático?

El registro telemático es un repositorio global de trámites que el ciudadano puede realizar con el Ayuntamiento de Valladolid. Es un registro sólo de «entrada», es decir se encarga sólo de las remisiones de los formularios de trámites.

Cada trámite lleva asociado un formulario en el que se requiere por parte del ciudadano una firma electrónica a través de un certificado reconocido. Tras rellenar los campos en cuestión (algunos de ellos automáticamente al incorporar el certificado electrónico) el siguiente paso es firmar y enviar dicho formulario.

El ciudadano recibirá un «Acuse de recibo» que se emitirá automáticamente. Un recibo firmado electrónicamente con el siguiente contenido:

  • El número o código de registro individualizad
  • La fecha y hora de presentación
  • La copia del escrito, comunicación o solicitud presentada, siendo admisible a estos efectos la reproducción literal de los datos introducidos en el formulario de presentación
  • En su caso, la enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado.

¿Qué datos se tienen en cuenta para el cómputo de plazos?

Los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables por la fecha y hora oficial de la sede electrónica. Podrán realizarse todos los días del año durante las veinticuatro horas, teniendo en cuenta que se consideran inhábiles los días marcados como tal en el calendario anual de días inhábiles. Por tanto, la recepción en un día inhábil se considerará realizada el primer día hábil siguiente a las 00:00:01.

¿Qué necesito para identificarme en la sede electrónica?

Necesita un certificado electrónico.

Si usted es un particular y tiene DNI electrónico, entonces ya dispone de certificado puesto que se encuentra incorporado en el propio DNI. En otro caso, puede obtener un certificado personal o para identificar a su empresa dirigiéndose a cualquiera de las autoridades certificadoras reconocidas por el Ayuntamiento de Valladolid.

Los Certificados electrónicos que reconoce actualmente el Ayuntamiento de Valladolid y que le permitirán realizar consultas y efectuar gestiones a través de la SEAV, son los emitidos por las siguientes autoridades de certificación:

  • DNI electrónico
  • FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).
  • Camerfirma
  • Izenpe
  • CATCert (Agencia Catalana de Certificación)
  • ANF AC
  • SCR (Servicio de Certificación de los Registradores)
  • ACA
  • ACCV (Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana)
  • ANCERT (Agencia Notarial de Certificación)
  • Firmaprofesional
  • BANESTO CA
  • Ministerio de Defensa

En el caso de que vaya a utilizar el DNI electrónico o cualquier otro certificado ubicado en una tarjeta criptográfica, es necesario que disponga de un dispositivo lector de tarjetas conectado a su ordenador.

Si se trata de un certificado en formato software, será necesario que lo instale en su navegador.

Si utiliza un un sistema operativo Microsoft Windows, deberá tener instalada la actualización de seguridad descrita en la dirección http://www.microsoft.com/spain/technet/security/Bulletin/ms09-007.mspx

¿Cómo puedo realizar un registro de entrada mediante el registro telemático?

Pasos para presentar una solicitud en el registro electrónico:

  • Acceda al formulario de registro electrónico desde la ficha de los trámites que lo contemplan.
  • Rellene el formulario y adjunte documentación (en caso de ser necesario), validando después la información introducida.
  • Firme y envíe la solicitud
  • Guarde el recibo generado por el registro que le servirá para acreditar la presentación de la solicitud realizada .

¿Qué es un certificado electrónico?

Un certificado electrónico es un documento que permite a los ciudadanos y empresas, de una manera segura, realizar sus trámites a través de Internet. Identifica al usuario que realiza el trámite a través de la firma electrónica.

Por lo tanto, el empleo de un certificado electrónico permite:

  • Autentificar de forma electrónica la identidad del usuario ante un tercero
  • Cifrar datos para que sólo el destinatario del documento pueda acceder a su contenido
  • Firmar digitalmente de forma que se garantice tanto la integridad de los datos como su procedencia

¿Que es un certificado electrónico reconocido?
Son certificados reconocidos los certificados electrónicos expedidos por un prestador de servicios de certificación que cumpla los requisitos establecidos en esta ley en cuanto a la comprobación de la identidad y demás circunstancias de los solicitantes y a la fiabilidad y las garantías de los servicios de certificación que presten. Los datos que han de incluir este tipo de certificados se encuentran recogidos en la LEY 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

¿Cómo y por qué renovar el certificado?

Un certificado electrónico se revoca cuando se anula su validez antes de la fecha de caducidad del mismo. El titular puede solicitar la revocación de su certificado en cualquier momento, sobre todo cuando crea que la seguridad de su clave privada pueda estar comprometida.

Para revocar un certificado deberá ponerse en contacto con la autoridad de certificación que lo haya emitido

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¿Cómo uso mi DNI electrónico?

Para el uso del DNI electrónico, debe consultar la información publicada por el Ministerio de Interior en su portal sobre el DNI electrónico en la siguiente dirección: http://www.dnielectronico.es/

¿Qué es la fecha y hora oficial?

Para el cómputo de plazos en cualquier trámite, será la fecha y hora oficial de la Sede la que tendrá validez legal y no la del equipo desde el que se realice. Así, toda sede electrónica debe indicar la fecha y hora oficial, regulada por Real Decreto 1308/1992, de 23 de octubre, en el cual se declara al Laboratorio del Real Instituto y Observatorio de la Armada (ROA), como laboratorio depositario del patrón nacional de Tiempo, por lo que el Ayuntamiento de Valladolid sincroniza la fecha y la hora con el Real Instituto y Observatorio de la Armada.

Se debe tener en cuenta que la hora en España es GMT 1 (o UTC1) y la servida en el ROA es la GMT (o UTC).

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¿Cómo se que el ayuntamiento ha recibido la información que envio?

Recibirá un «acuse de recibo» por cada documento presentado en el registro electrónico del Ayuntamiento. Dicho acuse contiene un sello de tiempo, que es la prueba de que el documento enviado entró en el registro en una fecha y hora concreta. La hora empleada en los sellados de tiempo es la oficial de la península, proporcionada por el Real Observatorio de la Armada, según Real Decreto 1308/1992, de 23 de octubre.